Voy a ir directamente al grano… No está permitido crear imágenes de Windows OEM.
Lo voy a explicar con un ejemplo: Tenemos una empresa con unos equipos viejos con Windows XP, y dada la antigüedad del hardware, me veo en la necesidad de renovar los equipos para poder tener un sistema operativo moderno, como por ejemplo Windows 7 u 8. Compramos los equipos con la licencia de Windows que incluye el equipo (OEM), y ahora el equipo de IT decide crear una imagen o clones de uno de los nuevos equipos con la configuración, actualizaciones y aplicaciones que vamos a utilizar en la empresa, y luego lo distribuimos con System Center, Ghost, o cualquier otra solución… ¡¡¡OJO!!! ESTO ES ILEGAL.
Es muy probable que te hayas sentido identificado con el ejemplo que he expuesto, por ello deberías saber que precisamente esta es una de las principales diferencias que hay con el licenciamiento OEM y el licenciamiento por Volumen. La práctica de realizar y desplegar imágenes o clones se denomina «Reimaging» y es un derecho reservado sólo a licenciamiento por Volumen (VL). Los productos OEM nacen y mueren en el equipo sin modificaciones. En caso de que por algún casual o incidente necesitemos reinstalar Windows, sólo podremos utilizar la imagen (DVD/USB/partición de recuperación/etc.) ofrecido por el fabricante para este equipo.
- Aquí comparto con vosotros un PDF que lo explica: Reimaging
Aunque recomiendo que echéis un vistazo al documento, voy a hacer un extracto de la parte más relevante del mismo:
Organizations do not have the right to reimage by using OEM media.
An OEM image can only be preloaded on a PC by the OEM during manufacturing. An image can be individually recovered by the organization (or a service provider it chooses) by using the recovery media. The OEM recovery media should match the product version originally preinstalled on the system; no other image can be used to restore the system to its original state
Ahora bien… Si tenemos la necesidad de hacer reimaging o aprovechar las otras ventajas y derechos que ofrecen el licenciamiento por volumen, como por ejemplo el derecho a mover la licencia de un equipo a otro, podemos attachar Software Assurance, mi explico: Los equipos nuevos que habéis adquirido con licencia OEM/Retail, tenéis un plazo de 90 días desde la compra en la que podéis añadirle Software Assurance, por lo que la licencia OEM/Retail pasaría a ser FPP (paquete de producto completo), dándote todos los beneficios y derechos que poseen las licencias por volumen. Si hemos perdido la oportunidad y han pasados los 90 días, no nos quedaría otra opción que adquirir las correspondientes licencias por volumen.
Espero que esta información os sea de gran ayuda, ya que son muchos los profesionales que intentan hacerlo todo legal y pueden creer estar haciéndolo correctamente. Estoy seguro que este artículo ayudará a comprender mejor el valor que ofrece el licenciamiento por volumen frente al OEM y Retail.